Tarjeta profesional contador

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Tarjeta profesional contador

Tramite Solicitud de Tarjeta Profesional Persona Natural

Al formulario de solicitud de inscripción, deberán anexarse los siguientes documentos, en su orden:

1) Tres(3) fotos tamaño 3×4 a blanco y negro en papel mate o semi-mate según las especificaciones señaladas en el formulario de inscripción.

2) Fotocopia de la cédula de ciudadanía del solicitante de inscripción.

3) Copia al carbón y fotocopia del recibo de consignación del valor de la inscripción profesional, vigente a la fecha de radicación de la solicitud, donde conste el timbre de la caja receptora o, en su defecto, el sello de la entidad financiera correspondiente.

4) Fotocopia del acta de grado expedida por la universidad que otorgó el título.

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5) Certificado de experiencia contable, en los términos previstos por el capítulo II de la Resolución 160 del 2004.

6) De acuerdo con la persona que certifica la experiencia técnico- contable:

  • Si es empresa privada: Certificado de existencia y representación legal del ente económico, en original, expedido por la cámara de comercio del lugar de su domicilio con fecha inferior a tres(3) meses o certificado expedido por el ente de vigilancia y control competente.
  • Cuando se trate de experiencia contable certificada por entidades públicas, aunque no es necesario aportar prueba de su existencia, si lo es, anexar Acta de posesión o Resolución de nombramiento de quien certifica y del solicitante de inscripción ó fotocopia del contrato de este último según sea el caso.
  • En el caso de personas naturales comerciantes que certifican la experiencia contable, debe aportarse tanto certificado original de matrícula mercantil como certificado original de inscripción de libros de contabilidad expedidos por la Cámara de Comercio, dentro de los tres(3) meses anteriores a la fecha de radicación de la solicitud.
  • Si se trata de sociedades de contadores públicos ó personas jurídicas prestadoras de servicios contables que certifican la experiencia contable, adicionalmente deberá aportarse fotocopia ampliada de la Tarjeta de Registro expedida por la Junta Central de Contadores.
  • Si quien certifica es contador público entonces deberá aportarse a demás fotocopia de su tarjeta profesional.

7) Finalmente debe aportarse la prueba de la vinculación del solicitante con la persona que certifica su experiencia, bien sea fotocopia del contrato de trabajo, o documento que haga sus veces y si se trata de contratos verbales los tres últimos desprendibles de pago.

8 ) Cuando se pretenda acreditar la experiencia contable a través de prácticas empresariales o prácticas técnico contables mediante convenio suscrito entre la institución Universitaria que otorgó el título y entidades públicas, privadas o sociales deberá aportarse adicionalmente:

  • Fotocopia del convenio suscrito entre la universidad y la entidad receptora de los servicios.
  • Certificación expedida por la universidad en donde se indique, la existencia del convenio que soporta la ejecución de la práctica, el tiempo de dedicación a la misma y la manifestación expresa de que no se constituyo como opción de grado ni como requisito establecido para optar el título de contador público.
  • Certificación expedida por la entidad receptora de los servicios en la que se detallen las actividades desarrolladas por el solicitante de inscripción.

9) Cuando el solicitante de inscripción sea extranjero y pretenda acceder a la inscripción como contador Público ante la Junta Central de Contadores deberá aportar adicionalmente:

  • Fotocopia ampliada de la cédula de extranjería
  • Documento que acredite la homologación del título profesional de Contador público expedido por la entidad competente.

Así mismo deberá tener en cuenta que además de la homologación del título es necesario acreditar la experiencia contable adquirida por un año en territorio colombiano.

Las solicitudes de inscripción en el registro profesional de contadores públicos que cumplan los requisitos establecidos en la resolución reglamentaria, se decidirán por medio de acto administrativo, procediéndose entonces a la inscripción en el registro profesional que lleva la entidad, con anotación del número de acta con que ésta fue aprobada, el nombre completo del contador, su identificación, la universidad que expidió el título y las observaciones que fueren pertinentes. Autorizada la inscripción profesional se dispondrá la expedición de la correspondiente tarjeta profesional, cuyo número será el mismo asignado en la inscripción.

Fuente:  Junta Central de Contadores.

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