La Superintendencia Financiera de Colombia ha expedido la Resolución 0487 de Marzo 31 de 2011, en la cual se establece la tasa de Interés Bancario Corriente que regirá a partir del 1 de Abril hasta el 30 de Junio de 2011, fijándola en el 17.69% E.A.
Por lo tanto, la tasa de interés moratorio para efectos tributarios que regirá durante el segundo trimestre del año 2011, quedó fijada en 26.54%. (Interés Bancario Corriente incrementado en un 50%)
La tasa tendrá vigencia entre éste 1 de Abril y el 30 de Junio de 2011.
El nuevo interés se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.