Cuando hablamos de renta gravable nos referimos a todos los rendimientos junto con los incrementos y disminuciones de patrimonio sobre los que se establecen los impuestos correspondientes en cada ejercicio fiscal.
La renta líquida gravable hace referencia a la renta final que determina el contribuyente sobre la cual ha de pagar el impuesto de renta: es la renta sobre la cual se tributa.
La renta líquida gravable se determina de la siguiente manera: de la suma de todos los ingresos ordinarios y extraordinarios realizados en el año o período gravable, que sean susceptibles de producir un incremento neto del patrimonio en el momento de su percepción, y que no hayan sido expresamente exceptuados, se restan las devoluciones, rebajas y descuentos, con lo cual se obtienen los ingresos netos.
De los ingresos netos se restan, cuando sea el caso, los costos realizados imputables a tales ingresos, con lo cual se obtiene la renta bruta. De la renta bruta se restan las deducciones realizadas, con lo cual se obtiene la renta líquida. Salvo las excepciones legales, la renta líquida es renta gravable y a ella se aplican las tarifas señaladas en la ley.
Una vez se determina la renta líquida, se compara con la renta presuntiva, y la que resulte superior será disminuida por la renta exenta y aumentada por las demás rentas gravables, y el resultado será la renta líquida gravable.
Recordemos que el contribuyente debe determinar tanto la renta líquida como la renta presuntiva, y tributará sobre la que sea mayor.
Una vez determinada cual de las dos es mayor, se restan las rentas exentas y se suman algunas rentas gravables determinadas de forma independiente, y el resultado final sobre el que se ha de tributar.
El formulario para la declaración de renta tiene una estructura que permite identificar claramente cada una de las rentas y permite comprender mejor el procedimiento.