Llegó el 2013, y con él, las nuevas fechas para abonar los impuestos correspondientes al calendario impositivo para esta Ciudad.
La secretaría de Hacienda de Bogotá decidió cambiar las fechas para el pago de algunos de los impuestos; todo hace suponer que esto es así para facilitar la recaudación impositiva; la primera fecha que los ciudadanos deben tener en cuenta para el pago de impuestos en el 2013 es el próximo 18 de enero.
Ese día, vence el plazo para que los contribuyentes del régimen común del Impuesto de industria y comercio (ICA) realicen la declaración y pago correspondiente al último bimestre de 2012 (noviembre y diciembre).
Recordemos que este impuesto es un gravamen de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente con o sin establecimientos.
Son responsables del impuesto de industria y comercio “la persona natural o jurídica o la sociedad de hecho, que realice el hecho generador de la obligación tributaria, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales o de servicios en la jurisdicción del Distrito Capital”.
A partir de la expedición de la Ley 1430 artículo 54 “se establecieron adicionalmente como sujetos pasivos del Impuesto a quienes realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales y patrimonios autónomos”.
En el calendario tributario de este año se fijó el cobro del impuesto predial de primero en la lista y después, el de vehículos.
El Impuesto Predial Unificado “es un tributo que grava los inmuebles que se encuentran ubicados en el Distrito Capital de Bogotá y se genera por la existencia del predio.”
El Impuesto sobre Vehículos Automotores “es un impuesto de carácter directo, que recae sobre los vehículos gravados y que se encuentren matriculados en el Distrito Capital.
Según la secretaría, las nuevas fechas para la liquidación y pago de impuestos en el año nuevo son las siguientes:
Impuesto predial unificado:
- Para todos los predios Hasta el 19 de abril de 2013 Con 10% de descuento
- Hasta el 21 de junio de 2013 Sin descuento y sin sanción
Impuesto sobre vehículos automotores:
- Sólo vehículos matriculados en Bogotá Hasta el 3 de mayo de 2013 Con el 10% de descuento
- Hasta el 5 de julio de 2013 Sin descuento y sin sanción;
ICA Régimen Común:
- Nov-diciembre (2012) 18 de enero de 2013
- Enero-febrero 19 de marzo de 2013
- Marzo-abril 17 de mayo de 2013
- Mayo-junio 19 de julio de 2013
- Julio-agosto 19 de septiembre de 2013
- Septiembre-octubre 19 de noviembre de 2013
- Noviembre-diciembre 17 de enero de 2014
- ICA Régimen Simplificado
- Año gravable 2012 19 de febrero de 2013
- Año gravable 2013 19 de febrero de 2014