Si hay un tema en particular que preocupa a los colombianos es la presión impositiva existente, en este artículo mencionaremos los principales beneficios tributarios existentes.
El régimen de beneficios se encuentra dentro del marco de la Ley n.º 218 de 1995 y otorga una exención del impuesto de renta y complementarios por un período de diez años a:
- Nuevas empresa agrícolas
- Nuevas empresas ganaderas
- Microempresas
- Establecimientos comerciales
- Establecimientos industriales
- Compañías exportadoras
- Entidades mineras que no se relacionen con la exploración y explotación de hidrocarburos.
A su vez, para poder acceder a este goce, dichas organizaciones deberán residir en los siguientes municipios: a) Huila: La Plata, Paicol, Yaguara, Natagara, Iquira, Tesalia, Neiva, Aipe, Compoalegre, Gigante, Hobo, Rivera, Villavieja, Acevedo, La Argentina, Palermo, Patalito, Tello, San Agustín, Garzón y Teruel; b) Cauca: Caldono, Inza, Jambalo, Toribio, Caloto, Totoro, Silvia, Páez, Santander de Quilichao, Popayán, Miranda, Morales, Padilla, Paracé, Tambo, Timbio, Suárez, Cajibío, Piendamó, Sotará, Buenos Aires, La Sierra, Puerto Tejada, Patía y Corinto.
Por último se debe tener en cuenta las cuantías de las alícuotas, las mismas son:
- 100% para las empresas preestablecidas o nuevas que se establezcan entre el 21 de junio de 1994 y el 20 de junio de 1999
- 50% para las que se instalen entre el 21 de junio de 1999 y el 20 de junio del 2001
- 25% para las que se establezcan entre el 21 de junio del 2001 y el 20 de junio del 2003