Tasa de mora

tasa de mora

La Superintendencia Financiera de Colombia ha expedido la Resolución 0487 de Marzo 31 de 2011, en la cual se establece la tasa de Interés Bancario Corriente que regirá a partir del 1 de Abril hasta el 30 de Junio de 2011, fijándola en el 17.69% E.A.

Por lo tanto,  la tasa de interés moratorio para efectos tributarios que regirá durante el segundo trimestre del año 2011, quedó fijada en 26.54%. (Interés Bancario Corriente incrementado en un 50%)

La tasa tendrá vigencia entre éste 1 de Abril y el 30 de Junio de 2011.

El nuevo interés se liquidará por cada día calendario de retardo en el pago de impuestos, anticipos y retenciones, administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.