Regimen Tributario 2012

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El ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, aseguró que la reforma del regimen tributario 2012 sería presentada al Congreso de la República sólo hasta el mes de marzo.

Dijo que la decisión fue tomada teniendo en cuenta los cambios que se le deben efectuar al estatuto tributario que tiene cerca de mil 200 artículos y dijo que ese trabajo está tomando más tiempo de lo que había proyectado la Dian.

Por eso el ministro consideró que el proyecto podría ingresar al Congreso antes de concluir el primer trimestre del 2012.

Según Echeverry, el planteamiento ya le fue consultado al presidente Juan Manuel Santos frente al aplazamiento de la iniciativa que el Gobierno considera como clave en la lucha contra la evasión de impuestos en el país.

“No debemos tener afán y vamos despacio que no tenemos afán”, puntualizó el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry.

De esta manera lo ha dicho el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, quien espera que la iniciativa de reforma del regimen tributario sea aprobada por el Congreso en 2012.

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“El presidente Santos prometió que no elevará las tarifas de los impuestos, a los colombianos, por tanto será una reforma tributaria para mejorar la distribución de los actuales rubros, pero sin nuevos impuestos”, afirma.

El Contador Público Raúl Fernando Hoyo y Administrador de Empresas de la Universidad Santiago de Cali, ex-jefe de fiscalización Tributaria de la Dirección de Impuestos Nacionales – Cali. Opina que hay ciertos puntos que deben ser tenidos en cuenta por el Gobierno en esta reforma del regimen tributario 2012.

Consideraciones alrededor de la relación de causalidad como requisito para la aceptación de costos y gastos.

Los impuestos territoriales deben ser deducibles.

Es necesario racionalizar las sanciones.
 
Recomendable simplificar el cálculo de los intereses de mora por obligaciones relacionadas con el regimen tributario 2012.
 
Dar efectiva prevalencia al derecho sustantivo. Se observa que la procedencia de costos, gastos e impuestos descontables está sujeta a la obtención de RUT con inscripción en el IVA y a la obtención de factura o documento equivalente.

Flexibilidad a los gastos fundados en la aplicación de las provisiones de cartera y depreciación. No es técnico que se mida con el mismo rasero a todos los sectores económicos.

Permitir la sesión de rentas entre personas naturales que pertenecen al mismo círculo familiar con el propósito de no golpear la tributación global del grupo familiar.

El régimen tributario especial debe cumplir de manera efectiva el objeto para el que fue creado. En este orden de ideas debe prohibirse que se constituyan asignaciones permanentes realizando inversiones en entes vinculados; limitar el monto de las asignaciones permanentes; eliminar la posibilidad de tener ingresos no gravados en la declaración de renta; limitar la procedencia de la deducción por donaciones.

Involucrar en el régimen de precios de transferencias las operaciones entre vinculados residentes y/o domiciliados en Colombia.

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