Impuesto al consumo de cigarrillos
Antes de comenzar a explayarnos en el impuesto a los cigarrillos es preciso saber de que hablamos cuando nos referimos a los impuestos. Se trata del dinero que una persona, una familia o una empresa deben pagar al Estado para contribuir con sus ingresos.
A lo largo de la historia, el Gobierno de Colombia ha hecho innumerables intentos de proteger al sector tabacalero nacionales. En diversas oportunidades se intentó reducir el gravamen a los cigarrillos fabricados dentro de la fronteras, al mismo tiempo que se aumentaba para los de procedencia foránea.
Repasemos las principales características del Impuesto al consumo de Cigarrillos:
Sujeto activo: departamento donde se realice el consumo.
Sujeto pasivo: productores, los importadores y, solidariamente con ellos, los distribuidores.
Hecho generador: consumo de cigarrillos y tabaco elaborado en la jurisdicción de los departamentos.
La tarifa es del 55%. Los cigarrillos y el tabaco elaborado están excluidos del IVA
El impuesto se causa en el momento en que el productor los entrega en fábrica o en planta para su distribución, venta o permuta en el país o para publicidad, promoción, donación, comisión o los destina al autoconsumo.
Antes de comenzar a explayarnos en el impuesto a los cigarrillos es preciso saber de que hablamos cuando nos referimos a los impuestos. La forma más fácil de definirlos sería como el dinero que una persona, una familia o una empresa deben pagar al Estado para contribuir con sus ingresos.
A lo largo de la historia, el Gobierno de Colombia ha hecho innumerables intentos de proteger al sector tabacalero nacional. En diversas oportunidades se intentó reducir el gravamen a los cigarrillos fabricados dentro de la fronteras, al mismo tiempo que se aumentaba para los de procedencia foránea.
Repasemos las principales características del Impuesto al consumo de Cigarrillos:
- Sujeto activo: departamento donde se realice el consumo.
- Sujeto pasivo: productores, los importadores y, solidariamente con ellos, los distribuidores.
- Hecho generador: consumo de cigarrillos y tabaco elaborado en la jurisdicción de los departamentos.
- La tarifa es del 55%. Los cigarrillos y el tabaco elaborado están excluidos del IVA
El impuesto se causa en el momento en que el productor los entrega en fábrica o en planta para su distribución, venta o permuta en el país o para publicidad, promoción, donación, comisión o los destina al autoconsumo.