El impuesto al patrimonio 2011 en Colombia, es un impuesto a cargo de personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho, contribuyentes que declaran el impuesto sobre la renta por el año 2010. A efectos de este gravamen, el concepto de riqueza es el total del patrimonio líquido del obligado al 1 de enero de 2011.
Estarán obligados a declarar y pagar el impuesto al patrimonio, aquellos que posean bienes con valor igual o superior a mil millones de pesos ($1.000.000.000)
Para su liquidación, debe aplicarse la sobretasa al impuesto al patrimonio que se aplica sobre los bienes iguales o superiores a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000). La sobretasa es del 25% del impuesto al patrimonio.
El impuesto al patrimonio podrá pagarse en 8 cuotas iguales durante los años 2011, 2012, 2013 y 2014, según establezca los plazos el Gobierno Nacional.
Si no se declara ni paga la primera cuota del impuesto en mayo 2011, el Fisco podrá tomar represalias ante el contribuyente y hacerle pagar una sanción del 160% del impuesto determinado.
Para hacer nuestra declaración efectivamente correcta, debemos utilizar el formulario 420. El mismo se encuentra disponible en la web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
A continuación, las tasas aplicables en este impuesto:
Valor Patrimonio | Tarifa | Norma | Sobretasa |
---|---|---|---|
De 1.000.000.000 hasta 2.000.000.000 | 1% | Artículo 5 Dto 4825 | - |
Mayor a 2.000.000.000 - menor a 3.000.000.000 | 1,40% | Artículo 5 Dto 4825 | - |
Mayor o igual a 3.000.000.000 - hasta 5.000.000.000 | 2,40% | Artículo 5 Ley 1370 | 25% del impuesto |
Mayor a 5.000.000.000 | 4,80% | Artículo 5 Ley 1370 | 25% del impuesto |
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SI UNA PERSONA EN EL AÑO 2010 TIENE UN PATRIMONIO LIQUIDO DE POR EJEMPLO $3.000.000.000.oo Y PAGA EL IMPUESTO AL PATRIMONIO CORRESPONDIENTE EN EL 2011, Y SIGUE CON EL MISMO PATRIMONIO EN EL 2011, TIENE QUE VOLVER A PAGAR EN EL 2012, IMPUESTO AL PATRIMONIO?