Aporte especial para la administracion de justicia

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A continuacion brindamos las caracteristicas mas importantes del impuesto: Aporte especial para la administración de justicia.

Este impuesto corresponde a una obligación exclusiva de los Notarios, generada por la contribución especial para la administración de justicia, equivalente al 10% de los ingresos (brutos) obtenidos por las notarías, por concepto de todos los ingresos notariales. Artículos 135 y 136 de la Ley 6ª. De 1992 y Artículo 131 de la Constitución Política de Colombia.

Periodicidad de este impuesto:

Mensual.

Formulario del impuesto:

Formulario para liquidar y consignar el Aporte Especial  de las Notarías para la Administración de Justicia. (Formulario No. 400)

Plazo del impuesto:

Dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente a aquel en que obtuvieron los ingresos.

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