A continuacion brindamos las caracteristicas mas importantes del impuesto: Aporte especial para la administración de justicia.
Este impuesto corresponde a una obligación exclusiva de los Notarios, generada por la contribución especial para la administración de justicia, equivalente al 10% de los ingresos (brutos) obtenidos por las notarías, por concepto de todos los ingresos notariales. Artículos 135 y 136 de la Ley 6ª. De 1992 y Artículo 131 de la Constitución Política de Colombia.
Periodicidad de este impuesto:
Mensual.
Formulario del impuesto:
Formulario para liquidar y consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia. (Formulario No. 400)
Plazo del impuesto:
Dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes siguiente a aquel en que obtuvieron los ingresos.